Nuestro servicio Medicina Laboral se regirá asumiendo las responsabilidades que se desprendan de la Ley Nacional 19.587. Decretos 351/79, 170/96, Res 295/03, Res. 37/10 y Ley 24557 y disposiciones conexas de forma directa e indirecta, internas y externas.
- Representación ante autoridades de aplicación, Obras Sociales y ART
- Identificación de los agentes de riesgo, potenciales productores de enfermedades profesionales
- Asesoramiento en la realización de exámenes preocupacionales
- Control del servicio brindado por la ART
- Supervisión de la asistencia a los accidentados proporcionada por la ART
- Seguimiento del Legajo Médico del trabajador
- Elaboración de estadísticas de siniestralidad laboral
- Capacitación del personal sobre temas de salud, primeros auxilios, prevención, etc.
- Asesoramiento médico-legal, contestación de demandas, representación en juntas médicas, pericias, determinación de incapacidades, etc.
- Realización de Exámenes Médicos Pre Ocupacionales
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